¿Estás planeando casarte o recién te casaste por el civil?
Puedes recibir apoyo económico para tu boda por parte del IMSS y de tu AFORE.
El matrimonio es un momento importante en la vida de cualquier pareja y con éste vienen gastos importantes, así que nunca está demás recibir un apoyo.
Pensemos que, tan solo casarte por el civil en las oficinas del Registro Civil tiene un costo en CDMX de entre $1,302 a $1,431 y si quieres que el oficial del registro civil acuda a domicilio, te cuesta entre $2,745 a $2,874; en otros estados como Coahuila, el matrimonio en la Oficialía tiene un costo de $1,878.00 y un costo a domicilio de $ 2,363.00.
A los gastos de la boda civil le sumamos los gastos del festejo y la cuenta se va muchísimo más alta… En fin, todos sabemos que casarse conlleva un montón de gastos.
Por eso para muchas parejas, la ayuda para gastos de matrimonio es un alivio.
Pero, ¿qué es la ayuda para gastos de matrimonio?
Es la prestación en dinero a la que tiene derecho el asegurado, por una sola vez, que contrae matrimonio civil y se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado.
El beneficio a obtener por concepto de ayuda para gastos de matrimonio es:
Una cantidad otorgada que equivale a 30 UMAS, a la fecha de tu matrimonio, actualmente son $3,112.20 (con eso te basta y te sobra para pagarle al oficial del registro civil para amarrarte ante la ley, o para cubrir algún otro gasto de tu boda)
Lo mejor de todo es que no se te descuentan semanas de cotización.
Para tramitar la ayuda puedes acudir a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) y solicitar la Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio y después continuar con el trámite en tu Afore, o bien, por practicidad puedes realizar todo el trámite en tu Afore.
Los requisitos son:
Tener acreditado un mínimo de 150 semanas ante el IMSS en el seguro de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez a la fecha de celebración del matrimonio.
No haber obtenido este derecho con anterioridad.
Estar vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio, podrá solicitarse la prestación si el matrimonio fue contraído dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.
Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de domicilio y la captura de sus huellas digitales (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).
Ante la Afore debes realizar lo siguiente:
Realizar la Pre-solicitud de Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio en el portal www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio o bien, acudir directamente a alguna sucursal de la AFORE que administra la Cuenta Individual para que el personal de la Administradora auxilie al Trabajador en la presentación de la solicitud.
Acudir a la sucursal seleccionada en la Pre-solicitud y presentar:
Pre-Solicitud de disposición de recursos de Retiro Parcial por Desempleo por Ayuda para Gastos de Matrimonio generada en el portal E-SAR
Solicitud de Ayuda para Gastos de Matrimonio, debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la AFORE.
Acta de matrimonio en copia certificada.
Estado de cuenta bancario con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (opcional).
Identificación oficial vigente con firma y fotografía, que puede ser: credencial para votar, pasaporte.
Lo mejor es que, será la AFORE quien gestionará el trámite ante el IMSS para obtener el certificado del derecho al Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio.
Una vez certificado el derecho, la Afore te hará la entrega de los recursos vía depósito u orden de pago en un plazo de máximo 5 días hábiles.
No pierdas la oportunidad de recibir este apoyo económico para tu boda. Si cumples con los requisitos mencionados, puedes solicitarlo fácilmente.
Recuerda que el matrimonio es un momento especial en la vida de cualquier pareja. Así que… ¡a casarse se ha dicho!